Resumen de coberturas del seguro de acuarios/terrarios
El presente resumen se emite a título meramente informativo.
Aplican condiciones, términos y exclusiones. Para ver el detalle
de coberturas consultar las Condiciones Generales del seguro.
BIENES ASEGURADOS
DAÑOS MATERIALES:
Todo Riesgo
Daños Materiales
Todo Riesgo de Daños Materiales
Interés asegurado: La reparación de los DAÑOS MATERIALES que
sufran los bienes asegurados o su reposición cuando desaparezcan
o se destruyan como consecuencia directa de:
- Todo riesgo de daño físico directo o pérdida física directa,
que ocurran de forma súbita, accidental e imprevista, a
excepción de riesgos excluidos, en la propiedad tangible
asegurada por la póliza, siempre y cuando dicho daño físico
directo o perdida física directa ocurra durante el período de
vigencia de este seguro y dentro del ámbito territorial
declarado en la póliza como situación del riesgo.
- Los Riesgos extraordinarios, a cargo del Consorcio de
Compensación de Seguros, sujetos a la cláusula de cobertura que
para los mismos se detalla en el artículo 9° de las presentes
Condiciones.
Interés asegurado: El pago de los GASTOS DERIVADOS con ocasión
y como consecuencia de un siniestro del riesgo primero,
entendiéndose por tales el conjunto de desembolsos que deba
realizar el Asegurado para el pago de los siguientes servicios,
prestados por terceros, como:
- Intervención de Bomberos.
- Demolición desguace y desescombro, transporte y vertido de
restos de bienes asegurados, hasta el lugar más próximo en el
que sea permitido el vertido de los mismos.
- Salvamento, traslado y depósito de bienes asegurados.
- Desembarre y vertido de lodos.
No serán objeto de cobertura los daños materiales causados por:
- El deterioro gradual de los bienes asegurados.
- Los daños ocasionados por la falta de mantenimiento.
- Aquellos daños cubiertos por la garantía del fabricante.
Cubriendo los daños ocasionados al acuario/terrario, incluyendo:
- Urna,
- Sistema de filtrado,
- Sistema de iluminación,
- Sistema de aireación,
- Mueble soporte (cuando forma parte de la propia instalación)
- y demás equipos propios para el funcionamiento del acuario /
terrario.
Avería de
maquinaria y daños eléctricos de los equipos asegurados.
Rotura de Maquinaria y Avería de Equipos Electrónicos
Interés asegurado: La reparación de los daños materiales que
sufran los bienes asegurados o su reposición cuando se destruyan
como consecuencia directa de:
- Errores humanos, entendiéndose por tales los efectos de un
manejo equivocado, incluso por impericia o negligencia.
- Vicios ocultos, entendiéndose por tales los efectos de
errores de diseño, cálculo, fabricación o montaje, así como
defectos de material o de procesos tales como fundición o
soldadura.
- Fenómenos eléctricos, entendiéndose por tales la acción de
cortocircuitos, sobretensiones, arcos voltaicos, defectos de
aislamiento, perturbaciones eléctricas debidas a la caída del
rayo y similares.
- Funcionamiento anormal, entendiéndose por tal excesos o
defectos de presión, falta de agua en calderas, defectos de
engrase, aflojamiento de piezas, sobrecalentamiento y otros
fallos en el funcionamiento normal.
- Desgarro, entendiéndose por tal los daños sufridos por la
propia máquina por efecto de la fuerza centrífuga.
- Impacto, entendiéndose por tal el choque o intrusión de
objetos extraños, sin que tengan tal consideración los que
originen simples defectos estéticos, como ralladuras y
desconchados.
- Operaciones accesorias, entendiéndose por tales las labores
de limpieza, mantenimiento o traslado de la maquinaria en el
interior del recinto, incluidos el desmontaje y nuevo montaje.
- Cualquier otra causa accidental, súbita e imprevista,
inherente al propio funcionamiento de las máquinas o equipos
asegurados no excluida específicamente.
No serán objeto de cobertura los daños materiales causados por:
- El deterioro gradual de los bienes asegurados.
- Las averías o daños ocasionados por la falta de mantenimiento.
- Aquellas averías o daños cubiertos por la garantía del fabricante.
ANIMALES Y SERES VIVOS:
Cobertura para peces, animales, arañas, plantas, corales (excluidos insectos): hasta un 15% de la suma asegurada.
Condiciones Especiales de seres vivos:
A los efectos de la cobertura de los seres vivos en el riesgo
asegurado, el interés asegurado recae sobre su muerte o
desaparición como consecuencia directa de una causa fortuita,
súbita, violenta y ajena a la intencionalidad del asegurado.
No es objeto de cobertura la muerte o desaparición de los seres
vivos debido a:
- Cualquier causa distinta a las señaladas anteriormente.
- El sacrificio, ya sea voluntario o forzoso.
- Por falta de las diligencias debidas para preservar la salud
del ser vivo.
- Malos tratos, deficiencias en la alimentación o falta de
cuidados.
- Muerte natural y/o enfermedades de cualquier tipo.
No podrán ser objeto de cobertura los siguientes seres vivos,
al inicio del seguro:
- Los que se encuentren con daños o incapacidades físicas de
cualquier tipo.
- Los que no se encuentren en perfecto estado de salud en el
momento de la contratación.
RIESGOS CUBIERTOS
Responsabilidad civil por agua contenida en el acuario
y/o sus accesorios asegurados, incendio o explosión
El asegurador asume el pago de los daños materiales causados
por, agua contenida en el acuario y/o sus accesorios asegurados,
incendio o explosión a terceros (incluso, si procede, al
propietario del edificio), siempre que el asegurado sea declarado
civilmente responsable del siniestro, en virtud de lo dispuesto
en la legislación vigente.
A efectos de esta cobertura no quedan cubiertos los bienes de
terceros que se encuentren dentro de los riesgos asegurados.
Quedan excluidos los daños o pérdidas producidos por
contaminación u otras variaciones perjudiciales del agua, aire o
suelo, así como los gastos de descontaminación que pudieran
producirse como consecuencia de alteraciones en los medios antes
indicados.
FRANQUICIA APLICABLE
10% de cada siniestro, con mínimo de:
| Franquicia
|
Suma Asegurada de 1.000 € |
25 € |
Suma Asegurada de 2.500 € |
25 € |
Suma Asegurada de 5.000 € |
50 € |
Suma Asegurada de + de 5.000 € |
Según oferta |
Condiciones generales
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