Resumen de coberturas del seguro de acuarios/terrarios

El presente resumen se emite a título meramente informativo. Aplican condiciones, términos y exclusiones. Para ver el detalle de coberturas consultar las Condiciones Generales del seguro.

BIENES ASEGURADOS

DAÑOS MATERIALES:

Todo Riesgo de Daños Materiales

Interés asegurado: La reparación de los DAÑOS MATERIALES que sufran los bienes asegurados o su reposición cuando desaparezcan o se destruyan como consecuencia directa de:

  1. Todo riesgo de daño físico directo o pérdida física directa, que ocurran de forma súbita, accidental e imprevista, a excepción de riesgos excluidos, en la propiedad tangible asegurada por la póliza, siempre y cuando dicho daño físico directo o perdida física directa ocurra durante el período de vigencia de este seguro y dentro del ámbito territorial declarado en la póliza como situación del riesgo.
  2. Los Riesgos extraordinarios, a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros, sujetos a la cláusula de cobertura que para los mismos se detalla en el artículo 9° de las presentes Condiciones.

Interés asegurado: El pago de los GASTOS DERIVADOS con ocasión y como consecuencia de un siniestro del riesgo primero, entendiéndose por tales el conjunto de desembolsos que deba realizar el Asegurado para el pago de los siguientes servicios, prestados por terceros, como:

  1. Intervención de Bomberos.
  2. Demolición desguace y desescombro, transporte y vertido de restos de bienes asegurados, hasta el lugar más próximo en el que sea permitido el vertido de los mismos.
  3. Salvamento, traslado y depósito de bienes asegurados.
  4. Desembarre y vertido de lodos.

No serán objeto de cobertura los daños materiales causados por:

  1. El deterioro gradual de los bienes asegurados.
  2. Los daños ocasionados por la falta de mantenimiento.
  3. Aquellos daños cubiertos por la garantía del fabricante.

Cubriendo los daños ocasionados al acuario/terrario, incluyendo:

  • Urna,
  • Sistema de filtrado,
  • Sistema de iluminación,
  • Sistema de aireación,
  • Mueble soporte (cuando forma parte de la propia instalación)
  • y demás equipos propios para el funcionamiento del acuario / terrario.

Rotura de Maquinaria y Avería de Equipos Electrónicos

Interés asegurado: La reparación de los daños materiales que sufran los bienes asegurados o su reposición cuando se destruyan como consecuencia directa de:

  1. Errores humanos, entendiéndose por tales los efectos de un manejo equivocado, incluso por impericia o negligencia.
  2. Vicios ocultos, entendiéndose por tales los efectos de errores de diseño, cálculo, fabricación o montaje, así como defectos de material o de procesos tales como fundición o soldadura.
  3. Fenómenos eléctricos, entendiéndose por tales la acción de cortocircuitos, sobretensiones, arcos voltaicos, defectos de aislamiento, perturbaciones eléctricas debidas a la caída del rayo y similares.
  4. Funcionamiento anormal, entendiéndose por tal excesos o defectos de presión, falta de agua en calderas, defectos de engrase, aflojamiento de piezas, sobrecalentamiento y otros fallos en el funcionamiento normal.
  5. Desgarro, entendiéndose por tal los daños sufridos por la propia máquina por efecto de la fuerza centrífuga.
  6. Impacto, entendiéndose por tal el choque o intrusión de objetos extraños, sin que tengan tal consideración los que originen simples defectos estéticos, como ralladuras y desconchados.
  7. Operaciones accesorias, entendiéndose por tales las labores de limpieza, mantenimiento o traslado de la maquinaria en el interior del recinto, incluidos el desmontaje y nuevo montaje.
  8. Cualquier otra causa accidental, súbita e imprevista, inherente al propio funcionamiento de las máquinas o equipos asegurados no excluida específicamente.

No serán objeto de cobertura los daños materiales causados por:

  1. El deterioro gradual de los bienes asegurados.
  2. Las averías o daños ocasionados por la falta de mantenimiento.
  3. Aquellas averías o daños cubiertos por la garantía del fabricante.

ANIMALES Y SERES VIVOS:

Condiciones Especiales de seres vivos:

A los efectos de la cobertura de los seres vivos en el riesgo asegurado, el interés asegurado recae sobre su muerte o desaparición como consecuencia directa de una causa fortuita, súbita, violenta y ajena a la intencionalidad del asegurado.

No es objeto de cobertura la muerte o desaparición de los seres vivos debido a:

  • Cualquier causa distinta a las señaladas anteriormente.
  • El sacrificio, ya sea voluntario o forzoso.
  • Por falta de las diligencias debidas para preservar la salud del ser vivo.
  • Malos tratos, deficiencias en la alimentación o falta de cuidados.
  • Muerte natural y/o enfermedades de cualquier tipo.

No podrán ser objeto de cobertura los siguientes seres vivos, al inicio del seguro:

  • Los que se encuentren con daños o incapacidades físicas de cualquier tipo.
  • Los que no se encuentren en perfecto estado de salud en el momento de la contratación.

RIESGOS CUBIERTOS

  LÍMITE DE INDEMNIZACIÓN
Todo Riesgo Daño Material 100%
Robo y Expoliación 100%
Rotura de maquinaria 100%
Equipos electrónicos 100%
Hasta 150.000 €/siniestro
y año de seguro

Responsabilidad civil por agua contenida en el acuario y/o sus accesorios asegurados, incendio o explosión

El asegurador asume el pago de los daños materiales causados por, agua contenida en el acuario y/o sus accesorios asegurados, incendio o explosión a terceros (incluso, si procede, al propietario del edificio), siempre que el asegurado sea declarado civilmente responsable del siniestro, en virtud de lo dispuesto en la legislación vigente.

A efectos de esta cobertura no quedan cubiertos los bienes de terceros que se encuentren dentro de los riesgos asegurados. Quedan excluidos los daños o pérdidas producidos por contaminación u otras variaciones perjudiciales del agua, aire o suelo, así como los gastos de descontaminación que pudieran producirse como consecuencia de alteraciones en los medios antes indicados.

FRANQUICIA APLICABLE

10% de cada siniestro, con mínimo de:

  Franquicia
Suma Asegurada de 1.000 € 25 €
Suma Asegurada de 2.500 € 25 €
Suma Asegurada de 5.000 € 50 €
Suma Asegurada de + de 5.000 € Según oferta

Condiciones generales

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